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Sociedades Laborales

Son sociedades anónimas o sociedades de responsabilidad limitada en las que la mayoría del capital social es propiedad de los trabajadores que prestan en ellas servicios retribuidos en forma personal y directa.

Características

En la denominación deberá figurar la indicación "Sociedad anónima laboral" o "Sociedad de responsabilidad limitada laboral" o sus abreviaturas SAL o SLL.

El capital social estará dividido en acciones nominativas o en participaciones sociales. Cuando se trate de sociedades anónimas laborales, el capital social mínimo será de 60.101,21 euros, desembolsado al menos en un 25 por ciento en el momento de la constitución. Si se trata de sociedades limitadas laborales el capital social mínimo será de 3.005,06 euros, desembolsado en el momento de la constitución.

Ningún socio podrá poseer acciones que representen más de la tercera parte del capital social.

La responsabilidad de los socios frente a terceros estará limitada a sus aportaciones.

Legislación

Ley 4/1997 de 24 de marzo (BOE 72 de 25/03/97)







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